Uruguay
Impuesto a las ganancias
La tarifa de renta para las sociedades es del 25% y tiene como base las rentas territoriales considerando algunas excepciones, por tanto, ingresos fuera del país se consideran de fuente extranjera y no sometidas al impuesto. La normatividad no sugiere un impuesto alternativo mínimo para las sociedades y cualquier pérdida fiscal puede imputarse a futuro dentro de los 5 años siguientes de su generación. En el país opera el régimen de transparencia fiscal (Entidades Controladas del Exterior) en donde las rentas pasivas generadas por entidades controladas no domiciliadas se atribuyen a contribuyentes en Uruguay en el momento que se generan.
IMPUESTO A LAS GANANCIAS | IMPUESTO CORRIENTE | IMPUESTO DIFERIDO |
---|---|---|
3.406 | 9.372 | -5.966 |
IMPUESTO A LAS GANANCIAS | IMPUESTO CORRIENTE | IMPUESTO DIFERIDO |
---|---|---|
11.096 | 12.080 | -984 |
Precios de transferencia
La regulación de precios de transferencia está incluida en la norma de impuesto sobre la renta, basada en su totalidad sobre el principio de plena competencia y los lineamientos de la OCDE.
Otros Impuestos
Por otra parte, a las aseguradoras les corresponde pagar Impuesto a los Ingresos cuya tasa varía entre un 5 y 7 % dependiendo de la cartera y el Impuesto Nacional de Sangre cuya tasa es de 2% sobre las primas emitidas.