Medidas adoptadas por la Junta Directiva en relación con la representación de sus accionistas en la Asamblea Extraordinaria

Grupo de Inversiones Suramericana S.A. (“Grupo SURA”) informa que, el día de hoy, la Junta Directiva autorizó las siguientes instrucciones para los representantes legales, administradores y funcionarios de la Sociedad, encaminadas a garantizar la participación efectiva y el ejercicio de los derechos políticos de los accionistas en la sesión extraordinaria de la Asamblea de Accionistas que se llevará a cabo el próximo 11 de enero de 2024, a las 8:00 a.m., de conformidad con lo previsto en el subnumeral 1.2.9. del Capítulo VI del Título I de la Parte III de la Circular Básica Jurídica.

Para tales efectos, los representantes legales, administradores y demás funcionarios de la Sociedad deberán abstenerse de realizar las siguientes conductas:

  1. Incentivar, promover o sugerir a los accionistas el otorgamiento de poderes donde no aparezca claramente definido el nombre del representante para la Asamblea de Accionista.
  2. Recibir de los accionistas poderes para la reunión de Asamblea, donde no aparezca claramente definido el nombre del respectivo representante.
  3. Admitir como válidos poderes conferidos por los accionistas, sin el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 184 del Código de Comercio, para participar en la Asamblea Extraordinaria de Accionistas.
  4. Sugerir o determinar el nombre de quienes actuarán como apoderados de los accionistas en la Asamblea.
  5. Recomendar a los accionistas que voten por determinada lista o de determinada forma.
  6. Sugerir, coordinar, convenir con cualquier accionista o con cualquier representante de accionistas, la presentación en la Asamblea de propuestas que hayan de someterse a su consideración.
  7. Sugerir, coordinar o convenir con cualquier accionista o con cualquier representante de accionistas, la votación a favor o en contra de cualquier proposición que se presente en la misma.

La Junta Directiva designó como responsable de verificar el cumplimiento de lo aquí establecido al Secretario General de la Sociedad, quien deberá informar a la Junta, antes de la realización de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas, el adecuado cumplimiento del presente instructivo, a la vez que deberá sugerir las medidas necesarias para remediar las posibles falencias detectadas en la aplicación de este.